Para hablar del intercomunicador de moto, antes de todo, tenemos que responder a esta otra pregunta:
¿Qué es un intercomunicador de moto?
Un intercomunicador es un sistema de audio capaz de reproducir música, radio, instrucciones de gps y Audio en general, que se integra en el caso de protección, dotado de un micrófono y conjunto de altavoces que pretende emular la experiencia de un sistema de audio manos libres como el que podríamos encontrar en un automóvil convencional.
Una vez definido el concepto de intercomunicador para moto, volvemos a la cuestión principal:
¿Es legal el intercomunicador?
Los intercomunicadores de moto, no son ilegales, pero tampoco están regulados por lo que, estos dispositivos, se encuentran en una laguna legal en el marco normativo actual por lo que hace algo difícil responder a esta cuestión, ya que, el asunto es complejo y aún no podemos dar una respuesta absoluta sobre el intercomunicador de moto legal, puesto que en este debate ambas partes esgrimen opiniones dispares, careciendo así de consenso unificado.
Reglamento Intercomunicador Moto
Según el Reglamento General de Circulación, se establece la «prohibición de conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas».
En este artículo se respaldan las autoridades competentes para sancionar el uso de los intercomunicadores de moto, pero ¿coincide la descripción de la normativa con el producto que se comercializa y se homologa como “intercomunicadores de moto”?
Pues NO, por mucho que la autoridad competente lo puedan considerar como tal, estos aparatos no son asimilables a unos auriculares, ya que son operables sin necesidad de usar las manos y sin obstruir y ni dificultar la audición, tal y como se ha defendido (establecido) en varias sentencias a nivel nacional.
Y así lo confirman también los manufacturadores y los usuarios, (que cuentan con experiencia real con este tipo de dispositivos como el casco moto con intercomunicador). Estos insisten en que no se asemejan a los auriculares, sino más bien, a un conjunto de altavoces que se sitúan en el casco, próximos a las orejas, que no presentan ninguna obstrucción para la capacidad auditiva de los usuarios, llegando incluso a argüir que, los intercomunicadores, son un sistema de seguridad, ya que, permiten, por ejemplo, que no tengas que mirar la pantalla de navegación GPS, gracias a que puedes recibir las instrucciones al oído sin tener la necesidad de desviar la vista de la calzada.
¿Qué novedades hay respecto a la regulación de estos intercomunicadores para motocicletas?
Si bien la administración actual se comprometió a regular los intercomunicadores para principios de 2020, esto se vió pospuesto para finales de 2021 debido a la Crisis de Covid-19 y las medidas excepcionales que se impusieron en sus comienzos. Actualmente, el documento con la reforma del artículo de la ley de tráfico que menciona a los intercomunicadores, ya ha llegado al senado, después de que en abril se realizaran las últimas actualizaciones, y está pendiente de aprobación. Se prevé que no se alargue mucho puesto que la mayoría de detalles de la reforma han sido resueltos antes de llegar a la Cámara alta.
La nueva normativa es similar a la anterior pero introduce la aclaración siguiente respecto a los intercomunicadores:
«No se considerará dentro de la prohibición, la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecten a la seguridad en la conducción».
Por lo que una vez aprobado este reglamento quedarán completamente regulados todos aquellos intercomunicadores que cumplan la descripción y requisitos mencionados en la actualización. De esta forma, se permitirá que quede normalizado su uso sin lugar a confusiones incómodas con las autoridades competentes.
¿Qué se puede hacer mientras se aprueba el Reglamento General de Circulación?
Cuando hablamos con Juan Miguel Reyes (Presidente de la Asociación Nacional de Motoristas, Abogado y motero vocacional), nos mencionó que no debemos temer a usar estos dispositivos puesto que no son considerados ilegales y que, de facto, han sido defendidos exitosamente en varias ocasiones en los juzgados, por lo que, si llegáramos a tener algún encuentro con las autoridades competentes y fuésemos sancionados la solución sería recurrir la sanción puesto que la gran mayoría de sentencias han defendido el uso de los intercomunicadores diferenciándolos de los auriculares, cascos y otros dispositivos de emisión de audio que entorpezcan la atención de los usuarios en la conducción.
Fuente colaboradora: Juan Miguel Reyes (presidente de la Asociación Nacional de Motoristas).